Gremios marítimos cuestionan cambios en el practicaje y piden preservar la seguridad
El Centro de Patrones y el SOMU cuestionaron el Decreto 690/2026, que modifica el régimen de practicaje y pilotaje. Advierten sobre responsabilidades profesionales, capacitación, seguridad de la navegación y defensa del trabajo argentino.

La entrada en vigencia del Decreto 690/2026 abrió una disputa entre el Gobierno y organizaciones gremiales del sector marítimo por el alcance de los cambios introducidos en el régimen de practicaje y pilotaje. Mientras la reforma oficial apunta a ampliar la competencia y reducir costos logísticos, el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo y el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) advierten que cualquier modificación debe preservar la capacitación, las incumbencias profesionales y la seguridad de la navegación.
La discusión comenzó a trasladarse al ámbito operativo y laboral luego de la publicación del Decreto 690/2026. La norma modificó aspectos del sistema que regula la intervención de prácticos y baqueanos en maniobras de navegación, una actividad considerada estratégica por su relación directa con el ingreso y egreso de buques, el conocimiento de canales y accesos, y la prevención de incidentes en zonas portuarias y fluviales.
Según Fuente original, la información se basa en Los gremios marítimos cuestionan la reforma del practicaje y alertan sobre sus implicancias.
En la cobertura de Uruguay modernizará la gestión de su flota de dragado portuario se abordó un aspecto relacionado con este tema.
El Gobierno presentó la reforma con dos objetivos principales: ampliar la competencia dentro del servicio y reducir los costos logísticos asociados a la navegación comercial. Sin embargo, las organizaciones gremiales sostienen que una eventual flexibilización no puede avanzar sin reglas precisas sobre las responsabilidades de cada actor, los requisitos de habilitación y los estándares técnicos que deben cumplirse antes de una maniobra.
Gremios marítimos cuestionan cambios practicaje: El Centro de Patrones pide cautela ante nuevas tareas de practicaje
El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo difundió un comunicado en el que expresó su acompañamiento a prácticos y baqueanos. La entidad reclamó que se mantengan las incumbencias profesionales y que toda prestación vinculada con el practicaje se realice dentro de la normativa vigente.
Como medida preventiva, el gremio recomendó a sus afiliados consultar de inmediato con las autoridades o con los delegados de la organización antes de aceptar requerimientos relacionados con el servicio. El planteo apunta a evitar que un capitán o un oficial asuma una función cuya cobertura, habilitación o marco legal no estén claramente definidos tras la entrada en vigor del nuevo régimen.
La organización también señaló que la decisión de prescindir del servicio de practicaje no constituye una determinación exclusivamente operativa del capitán. Según la advertencia gremial, esa decisión podría generar consecuencias posteriores si se produce un incidente o si las autoridades consideran que la maniobra fue ejecutada fuera de las condiciones exigidas.
La advertencia sobre responsabilidades administrativas y penales
Uno de los puntos centrales del comunicado fue la posibilidad de que el ejercicio de funciones sin la habilitación correspondiente, o fuera del marco legal aplicable, derive en responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales. El Centro de Patrones mencionó que determinadas conductas podrían quedar alcanzadas por el artículo 190 del Código Penal, aunque la aplicación concreta dependería de las circunstancias de cada caso y de la evaluación de las autoridades competentes.
La referencia tiene relevancia porque el practicaje no se limita a una asistencia comercial contratada por el armador. La tarea se desarrolla en un entorno donde una mala decisión puede afectar la seguridad del buque, de la tripulación, de otras embarcaciones, de las instalaciones portuarias y del ambiente. Por esa razón, la discusión sobre quién puede prestar el servicio y bajo qué condiciones excede el debate sobre el precio de una prestación.
El Centro de Patrones aseguró que continuará ofreciendo asesoramiento y asistencia jurídica a sus afiliados. La entidad busca acompañar a los trabajadores durante la transición regulatoria y establecer criterios de actuación frente a eventuales pedidos de realizar tareas que antes estaban claramente asociadas a la intervención de un práctico o un baqueano.
El SOMU vincula la reforma con la capacitación y el trabajo argentino
El SOMU también manifestó su solidaridad con los prácticos y cuestionó cualquier cambio que, en su interpretación, pueda debilitar los estándares de seguridad. El sindicato sostuvo que la protección de la vida humana, el cuidado del ambiente y la defensa del trabajo argentino deben mantenerse por encima de la reducción de costos como objetivo aislado.
Para el gremio, si la intención oficial es promover una mayor competencia, el Estado debería garantizar reglas claras y ampliar las posibilidades de acceso a la actividad sin resignar la formación exigida para una tarea de alta responsabilidad. El argumento parte de una premisa operativa: la competencia puede modificar la estructura económica de un servicio, pero no debería reducir los requisitos técnicos necesarios para navegar por canales, bocas de puerto, zonas de maniobra o sectores con limitaciones de profundidad.
El planteo también se conecta con la discusión histórica sobre la Marina Mercante y la participación de trabajadores argentinos en actividades vinculadas con el comercio exterior. Desde la perspectiva sindical, el practicaje forma parte de una cadena más amplia que incluye la navegación fluvial y marítima, el movimiento de cargas, los servicios portuarios y la protección de la soberanía sobre las vías navegables.
La particularidad operativa del puerto de Mar del Plata
El debate adquiere una dimensión concreta en el Puerto de Mar del Plata, especialmente por las características de algunos buques pesqueros que operan desde esa terminal. De acuerdo con la información difundida, determinadas embarcaciones superan los 6,40 metros de calado cuando regresan con sus bodegas completas.
La situación se combina con la experiencia acumulada por sus capitanes. Algunos llevan años al mando de las mismas unidades, registran al menos 500 mareas y repiten de manera habitual las maniobras de ingreso por los canales principal y secundario. Ese conocimiento incluye la respuesta particular del buque, los tiempos de gobierno, la reacción ante cambios de velocidad y las condiciones que presenta la boca del puerto.
La discusión planteada no busca desconocer la función profesional de los prácticos, sino analizar si todas las situaciones operativas requieren necesariamente la misma modalidad de asistencia. Desde esa perspectiva, el sector pesquero cuestiona que cada ingreso deba incorporar obligatoriamente un práctico, con el costo correspondiente, aun cuando el capitán conozca en profundidad la embarcación y el acceso que utiliza en forma reiterada.
El punto presenta una tensión difícil de resolver con una regla uniforme. La experiencia del capitán puede aportar información valiosa sobre el comportamiento del buque, pero la maniobra también depende del estado del canal, la profundidad disponible, las condiciones meteorológicas, la corriente, el tráfico y el mantenimiento de las obras de acceso. Por eso, cualquier modificación debería establecer parámetros verificables y no basarse solamente en la repetición de una operación.
Un antecedente que muestra que el riesgo no desaparece
La fuente cita el caso del BP Rasmus Effersoe, que el 8 de febrero de 2025 quedó varado durante casi una hora sobre el banco de la escollera sur del puerto marplatense. El buque llevaba un práctico a bordo y, según la información difundida, no registró fallas de máquinas ni pérdida de gobernabilidad.
El episodio es utilizado como antecedente para señalar que la presencia de un profesional especializado no elimina por completo los riesgos de una maniobra portuaria. La seguridad depende de una combinación de factores: el conocimiento de la embarcación y del acceso, la información hidrográfica disponible, el estado del canal, el mantenimiento de la infraestructura, la coordinación entre el puente y los servicios portuarios y las decisiones que se adoptan durante la navegación.
Ese antecedente no implica que el practicaje carezca de utilidad ni permite extraer conclusiones generales sobre la actuación de un profesional determinado. Sí muestra, en cambio, que la prevención debe abordarse como un sistema integral. La discusión regulatoria debería contemplar cómo se distribuyen las responsabilidades cuando intervienen el capitán, el práctico, la autoridad marítima, la administración portuaria y los operadores encargados de mantener las condiciones de acceso.
Competencia, costos y límites de la desregulación
Otro cuestionamiento del SOMU se refiere al argumento económico utilizado para justificar la reforma. El sindicato puso en duda que se intervenga sobre las condiciones de un servicio prestado entre privados bajo el argumento de la desregulación, mientras ese mismo criterio no se aplicaría de igual manera en otros sectores de la economía.
El costo del practicaje puede incidir en la estructura de una operación portuaria, sobre todo en actividades con ingresos y egresos frecuentes, como la pesca. También puede formar parte de la evaluación de armadores, operadores logísticos y empresas que planifican escalas en puertos argentinos. Sin embargo, una reducción de costos directos no necesariamente representa un ahorro si aumenta la exposición a demoras, varaduras, daños en infraestructura, reclamos de terceros o interrupciones de la actividad.
En ese sentido, la comparación entre alternativas debería incluir el costo total de la seguridad. Allí entran la disponibilidad de canales, la actualización de la información sobre profundidades, la coordinación con los servicios de tráfico, la capacitación de las tripulaciones y la capacidad de respuesta ante una emergencia. Una norma que amplíe la competencia necesitaría definir con precisión cómo se controlarán esos elementos y qué autoridad verificará su cumplimiento.
La discusión también puede tener efectos sobre la previsibilidad de las operaciones. Armadores, capitanes, agentes marítimos y terminales necesitan saber con anticipación si una maniobra exige practicaje, bajo qué condiciones puede exceptuarse y quién asume la responsabilidad si se opta por una alternativa diferente. La falta de criterios homogéneos podría derivar en decisiones contradictorias entre puertos o entre distintos tipos de buques.
Qué cambia para las maniobras, los armadores y los accesos portuarios
Para los puertos argentinos, el debate plantea una cuestión operativa concreta: cómo compatibilizar la experiencia de las tripulaciones con el control profesional de maniobras que pueden desarrollarse en espacios restringidos. La respuesta no depende únicamente de la tarifa del servicio, sino también de los procedimientos de ingreso, las características de cada buque y las condiciones variables de los canales.
En el caso de Mar del Plata, la profundidad disponible para los buques pesqueros que regresan con bodegas completas constituye un factor especialmente sensible. Un calado superior a 6,40 metros puede limitar las ventanas de acceso y aumentar la importancia de contar con información precisa sobre el fondo, la escollera y los canales principal y secundario. La experiencia del capitán puede ser relevante, pero no reemplaza la necesidad de conocer las condiciones actuales de la vía navegable.
Para los armadores, cualquier cambio en el régimen puede modificar la planificación de costos y la coordinación con agentes marítimos y autoridades. Para los trabajadores, puede alterar las incumbencias y el alcance de sus responsabilidades. Para las terminales y administraciones portuarias, puede exigir protocolos más detallados para definir cuándo corresponde la asistencia de un práctico y cómo debe documentarse una excepción.
El impacto también alcanza a la cadena de suministro cuando una maniobra termina en una varadura, una restricción temporal del acceso o una investigación administrativa. Una interrupción de ese tipo puede afectar turnos de descarga, disponibilidad de muelle, abastecimiento de la flota pesquera y programación de servicios vinculados con el comercio exterior. Por ese motivo, el debate gremial tiene una dimensión que excede la relación laboral y alcanza el funcionamiento cotidiano de los puertos.
En el análisis de la actividad puede resultar útil consultar información relacionada con logística y operaciones de transporte, así como los antecedentes publicados sobre comercio exterior y actividad portuaria. Ambos aspectos permiten observar cómo una decisión sobre el practicaje puede repercutir en la programación de buques, los costos de escala y la continuidad de los servicios.
El debate regulatorio que queda abierto
Los pronunciamientos del Centro de Patrones y del SOMU muestran que la aplicación del Decreto 690/2026 ya genera una discusión sectorial sobre el alcance de la competencia, la responsabilidad profesional y la seguridad de la navegación. El Gobierno sostiene que la reforma busca modernizar el régimen y reducir costos, mientras que los sindicatos reclaman que cualquier apertura preserve la capacitación, las habilitaciones y el trabajo argentino.
La cuestión seguirá vinculada a la forma en que se implementen los cambios y a las instrucciones que reciban capitanes, prácticos, baqueanos, armadores y autoridades portuarias. En ese marco, la información original fue publicada por Pescare, medio especializado en la industria pesquera y naval de Mar del Plata.
La discusión no parece reducirse a elegir entre practicaje obligatorio o prescindible. El desafío será establecer un sistema que permita evaluar cada maniobra con criterios técnicos, documentar las decisiones y mantener un nivel de seguridad compatible con la navegación comercial, la protección ambiental y la continuidad de las operaciones portuarias.
Preguntas frecuentes
¿Qué modifica el Decreto 690/2026?
El decreto introduce cambios en el régimen de practicaje y pilotaje con el objetivo declarado de ampliar la competencia y reducir costos logísticos. La fuente no detalla cada modificación operativa, por lo que su alcance deberá analizarse junto con las normas complementarias y su aplicación concreta.
¿Por qué el Centro de Patrones recomendó consultar antes de aceptar tareas?
La entidad busca evitar que sus afiliados asuman funciones vinculadas con el practicaje sin verificar previamente la habilitación, el marco legal y la distribución de responsabilidades. También advirtió sobre posibles consecuencias administrativas, civiles y penales.
¿Qué plantea el SOMU sobre la competencia en el practicaje?
El sindicato sostiene que la competencia puede ampliarse siempre que existan reglas claras y no se reduzcan los estándares de capacitación, seguridad de la navegación, protección de la vida humana, cuidado ambiental y defensa del trabajo argentino.
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Con el practicaje no debería buscarse solamente bajar costos. En canales y maniobras complicadas, la experiencia local y la capacitación hacen una diferencia enorme, sobre todo cuando hay viento, tráfico o poca visibilidad. Si cambian las reglas, estaría bueno conocer qué controles concretos van a garantizar la seguridad y cómo se van a definir las responsabilidades cuando algo salga mal.
El practicaje no es un trámite para abaratar costos, es una tarea crítica donde un error puede terminar en un accidente grave, contaminación o un puerto paralizado. Ojalá antes de avanzar escuchen a quienes están arriba de los buques y conocen la realidad operativa. La seguridad y la capacitación deberían estar por encima de cualquier apuro.
Coincidimos en que el practicaje no puede evaluarse únicamente por su impacto en los costos. La experiencia de los prácticos y de las tripulaciones resulta clave para analizar cualquier reforma, especialmente en maniobras complejas y bajo condiciones variables. La capacitación, la certificación y los protocolos de seguridad deberían ser el piso indiscutible antes de implementar cambios operativos. También puede complementarse con otro contenido del cluster editorial.