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Procesaron a cinco personas por presunto lavado mediante gimnasios Exen

02/09/202611 min de lectura2 comentarios

La Justicia Federal de Resistencia dictó prisión preventiva para cinco personas investigadas por presunto lavado de activos a través de la expansión de la cadena de gimnasios Exen en Chaco y Corrientes.

Procesaron a cinco personas por presunto lavado mediante gimnasios Exen

La Justicia Federal de Resistencia procesó con prisión preventiva a cinco personas acusadas de integrar una estructura que habría utilizado la cadena de gimnasios Exen para incorporar al circuito formal fondos de presunto origen delictivo. La investigación analiza la apertura de siete establecimientos en Chaco y Corrientes durante un período de 17 meses, además de vínculos con una organización dedicada presuntamente al narcotráfico.

El Juzgado Federal de Resistencia, a cargo de la jueza Zunilda Niremperger, procesó a cuatro hombres y una mujer en una causa por presunto lavado de activos. La resolución judicial sostiene que los acusados habrían intervenido, con distintos niveles de participación, en una operatoria destinada a otorgar apariencia legítima a bienes y fondos cuyo origen todavía es materia de investigación.

Según Fuente original, la información se basa en Una expansión de sedes en tiempo récord que hizo ruido: Exen, la cadena de gimnasios de Chaco bajo la lupa por lavado narco.

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El expediente tiene como eje a la cadena de gimnasios Exen, que registró una expansión acelerada en distintas localidades de las provincias de Chaco y Corrientes. Según los elementos incorporados a la causa, el grupo habría abierto seis establecimientos en Resistencia, Barranqueras y Pampa del Infierno, mientras avanzaba con una séptima sede en la ciudad de Corrientes.

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La expansión se produjo entre febrero de 2025 y julio de 2026, es decir, en aproximadamente 17 meses. Para la fiscalía, la velocidad de crecimiento, el volumen de las inversiones y la forma en que se estructuraron las sociedades comerciales justificaban profundizar la investigación sobre el origen de los recursos utilizados.

Procesaron cinco personas presunto lavado: Quiénes fueron procesados en la causa federal

La investigación alcanzó a Federico Clinis, Sergio Clinis, Mauro Lugo Heim, María Graciela Canal y Jorge Vargas. De acuerdo con la información difundida por el Ministerio Público Fiscal, los primeros cuatro fueron procesados como coautores del delito de lavado de activos, con el agravante de habitualidad.

Lugo Heim, pareja de la madre de los hermanos señalados en la causa, fue considerado partícipe necesario y no recibió el agravante de habitualidad. La jueza dispuso que cumpla la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. Otras dos personas que habían sido detenidas obtuvieron la falta de mérito, por lo que su situación procesal quedó diferenciada de la de los cinco procesados.

Las detenciones se concretaron el 7 de agosto, durante un operativo que incluyó 18 allanamientos. Los procedimientos se realizaron en locales de Exen, domicilios particulares, concesionarios de automotores, escribanías y estudios contables vinculados con los investigados y con las sociedades bajo análisis.

La pista que conectó a los gimnasios con una organización narco

La pesquisa se inició a partir de información aportada por una persona que se acogió al régimen del arrepentido. Esa declaración vinculó a una organización presuntamente dedicada al narcotráfico con el grupo familiar que luego quedó bajo investigación por lavado de activos.

Según el requerimiento fiscal, algunos vehículos utilizados por integrantes de esa organización tendrían relación con una concesionaria vinculada a los imputados. Ese dato llevó al fiscal federal Patricio Sabadini a iniciar una investigación preliminar orientada a reconstruir el origen de los fondos, identificar posibles sociedades interpuestas y determinar si existía una conexión patrimonial entre las actividades comerciales y el presunto delito precedente.

La hipótesis judicial no se limita a examinar si los gimnasios funcionaban o si tenían clientes. La resolución reconoce que las sedes desarrollaban una actividad económica efectiva y que generaban ingresos propios. El foco está puesto en la procedencia de los recursos utilizados para poner en marcha los primeros locales, adquirir equipamiento, adaptar inmuebles y sostener el crecimiento antes de que quedaran documentadas algunas de las fuentes de financiación invocadas posteriormente.

Cuatro sociedades detrás de la expansión de Exen

Uno de los aspectos destacados por la investigación es que la actividad de la cadena no estaba concentrada en una sola persona jurídica. La expansión habría sido instrumentada mediante cuatro sociedades: Exengym SRL, Rana SRL, Exen Academy SAS y Pampafitness SAS.

De acuerdo con la resolución, esas empresas estaban integradas o administradas por personas relacionadas entre sí y comprendidas en la causa. La utilización de varias sociedades no constituye por sí misma una prueba de delito, ya que puede responder a decisiones comerciales, financieras o impositivas legítimas. Sin embargo, para los investigadores, la distribución de activos, contratos y operaciones entre distintas entidades debe analizarse junto con los vínculos personales, los movimientos patrimoniales y la secuencia temporal de las inversiones.

En investigaciones de lavado de activos, la reconstrucción de esa trama societaria resulta relevante porque permite identificar quién aporta capital, quién administra los negocios, quién firma contratos y qué empresa aparece como titular de cada bien o deuda. También ayuda a establecer si existe una correspondencia razonable entre la capacidad económica declarada y el ritmo real de crecimiento de una actividad.

El interrogante sobre el capital inicial

La jueza Niremperger sostuvo que el punto de mayor relevancia no es únicamente la existencia de gimnasios operativos, sino el origen de los fondos que permitieron comenzar y acelerar el proyecto. En particular, la resolución menciona la compra de máquinas, las obras y modificaciones realizadas en los primeros inmuebles, la puesta en funcionamiento de las sedes iniciales y el sostenimiento de la expansión.

La magistrada también señaló que varias de las principales fuentes bancarias y contractuales invocadas por los investigados aparecieron documentadas con posterioridad a esa primera etapa. Esa secuencia temporal será determinante para establecer si el financiamiento inicial tuvo una procedencia lícita demostrable o si fue aportado mediante mecanismos destinados a ocultar su verdadero origen.

La causa no sostiene que la existencia de préstamos, leasing, cheques o crédito comercial sea irregular en sí misma. Por el contrario, el expediente registra que la cadena utilizó herramientas habituales para financiar una empresa: préstamos bancarios, descubiertos en cuentas corrientes, créditos de proveedores, contratos de leasing, cheques de pago diferido y pagarés.

El análisis judicial busca determinar si esos instrumentos acompañaron una actividad comercial genuina desde el comienzo o si fueron utilizados posteriormente para documentar, justificar o integrar recursos que ya habían ingresado al negocio por otras vías.

Equipamiento valuado en casi 1,9 millones de dólares

Durante los allanamientos realizados en las siete sedes fueron constatadas máquinas y otros elementos de equipamiento deportivo valuados en aproximadamente 1.877.888,56 dólares. Ese monto fue incorporado como uno de los componentes patrimoniales relevantes para dimensionar la inversión realizada por la cadena.

La valuación no determina por sí sola el origen de los fondos ni prueba una maniobra delictiva. Sí permite observar la escala económica del emprendimiento y comparar el valor de los activos con los ingresos declarados, el capital social de las empresas, los préstamos obtenidos y la capacidad financiera de las personas vinculadas.

En ese tipo de peritajes suelen adquirir importancia los comprobantes de compra, las fechas de ingreso de los equipos, los contratos de importación o adquisición local, la titularidad de los bienes y las obligaciones asumidas para pagarlos. También puede ser relevante establecer si los activos fueron adquiridos directamente por las sociedades, por personas físicas o mediante terceros relacionados.

La información disponible no permite anticipar cuál será el resultado definitivo de esas pericias. La etapa procesal actual implica que la jueza consideró reunidos elementos suficientes para avanzar contra los imputados, pero la investigación todavía debe profundizar la trazabilidad financiera y determinar eventuales responsabilidades individuales.

Los embargos ordenados por la Justicia Federal

Además de los procesamientos y las prisiones preventivas, la magistrada ordenó embargos sobre los bienes de los acusados. Para los cuatro procesados como coautores, la medida alcanza hasta 5.820.687.000 pesos. En el caso de Lugo Heim, el embargo fue fijado en 2.910.343.500 pesos.

Los embargos tienen como finalidad asegurar bienes suficientes frente a una eventual responsabilidad económica derivada del proceso. No equivalen a una condena ni implican que los montos mencionados representen el dinero presuntamente lavado. Se trata de sumas fijadas dentro del expediente para resguardar los efectos patrimoniales que podrían derivarse de la causa.

La medida puede alcanzar cuentas, vehículos, inmuebles, participaciones societarias u otros activos identificados durante la investigación, según las decisiones que adopten los organismos y los tribunales intervinientes. En causas de esta naturaleza, la identificación temprana de bienes resulta central para evitar su transferencia, ocultamiento o disposición mientras avanza el proceso.

Qué revisará ahora la investigación sobre la cadena

La causa deberá profundizar la relación entre las sociedades, los socios, los administradores, los proveedores y las personas que aportaron fondos. También tendrá que reconstruir la evolución de cada sede, desde el contrato del inmueble y las obras iniciales hasta la compra del equipamiento, la contratación de personal y la generación de ingresos.

Otro aspecto relevante será la revisión de los movimientos bancarios y de la documentación comercial. Los investigadores pueden contrastar facturación, depósitos, transferencias, pagos en efectivo, préstamos, obligaciones negociables privadas, cheques y operaciones con automotores. La comparación entre esos registros permitirá determinar si existe consistencia entre la actividad declarada y el flujo de dinero observado.

El expediente también podría requerir informes de entidades financieras, registros automotores, organismos tributarios, escribanías y proveedores de equipamiento. La participación de concesionarios y estudios contables mencionados en los allanamientos muestra que el análisis excede a los locales deportivos y abarca el entramado económico utilizado por las personas investigadas.

Para quienes siguen la evolución del panorama económico y regulatorio argentino, el caso vuelve a mostrar la importancia de observar cómo se conectan empresas de servicios, activos registrables, sociedades comerciales y operaciones financieras. Esa mirada resulta especialmente útil en sectores donde la expansión rápida puede involucrar alquileres, equipamiento importado, transporte, proveedores y financiamiento bancario.

Por qué la velocidad de apertura quedó bajo análisis

El fiscal Sabadini consideró que resultaba difícil justificar económicamente la apertura de siete sucursales en un período tan breve para un negocio de esas características. Esa apreciación no significa que el crecimiento acelerado sea ilegal, pero explica por qué la secuencia de inversiones se convirtió en una de las principales líneas de investigación.

Una cadena de gimnasios puede ampliar su presencia mediante capital propio, franquicias, créditos, acuerdos con inversores, leasing de máquinas o reinversión de utilidades. Cada modalidad deja huellas contables y contractuales diferentes. La tarea judicial consiste en establecer cuál de esos mecanismos fue utilizado, quién asumió el riesgo financiero y si los recursos declarados alcanzaban para sostener la expansión observada.

La diferencia entre una empresa con crecimiento legítimo y una estructura utilizada para lavar activos no se define por la cantidad de locales ni por la popularidad del servicio. Se determina a partir del origen del dinero, la trazabilidad de las operaciones, la consistencia de la documentación y la conexión con el eventual delito precedente.

Consecuencias para proveedores, alquileres y obligaciones comerciales

La investigación puede generar efectos concretos sobre proveedores, propietarios de inmuebles, entidades financieras y trabajadores vinculados con los locales, aunque la situación de cada tercero deberá evaluarse de manera individual. Los contratos celebrados con las sociedades investigadas podrían quedar bajo revisión, especialmente cuando existan bienes embargados, pagos pendientes o activos cuya titularidad sea discutida.

Para los proveedores de máquinas y servicios, la documentación de entregas, facturas y medios de pago puede ser relevante para demostrar la regularidad de sus operaciones. En el caso de bancos y empresas de leasing, los contratos y las garantías permitirán establecer qué bienes fueron financiados y qué obligaciones permanecen vigentes.

También será importante diferenciar la continuidad comercial de los gimnasios de la responsabilidad penal de sus administradores. La existencia de una investigación no implica automáticamente que cada empleado, cliente, proveedor o locador haya participado de una maniobra. Esa distinción deberá surgir de las pruebas que se incorporen al expediente y de las resoluciones que adopte la Justicia.

El caso fue difundido originalmente por el portal del Ministerio Público Fiscal y también informado por Rosario3. La información disponible corresponde a una investigación en curso y debe leerse bajo el principio de inocencia: los procesados podrán ejercer su defensa y las medidas adoptadas no reemplazan una sentencia firme.

El avance de la causa dependerá de la reconstrucción patrimonial, los peritajes contables y el análisis de los vínculos señalados por la fiscalía. La Justicia deberá establecer si la rápida expansión de Exen fue respaldada por fuentes lícitas suficientes o si formó parte de una estructura destinada a introducir fondos de origen presuntamente criminal en la economía formal.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Por qué fueron procesadas cinco personas?

La Justicia Federal de Resistencia las procesó por su presunta participación en una maniobra de lavado de activos vinculada con la expansión de la cadena de gimnasios Exen y otras sociedades comerciales.

¿Cuántos locales de Exen quedaron bajo investigación?

La causa analiza seis establecimientos ubicados en Resistencia, Barranqueras y Pampa del Infierno, además de una séptima sede que se encontraba en desarrollo en la ciudad de Corrientes.

¿La existencia de gimnasios funcionando prueba el lavado de activos?

No. La resolución reconoce que los gimnasios tenían actividad real e ingresos propios. La investigación busca determinar el origen de los fondos utilizados para la primera etapa de expansión y si la documentación posterior resulta consistente con ese financiamiento.

Equipo editorial

Agustina Roldán

66 notas11 min de lectura

Editor digitalActualidad

Autor del equipo editorial de Agenda Portuaria, especializado en puertos, logística, comercio exterior y sector agroindustrial.

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2 comentarios en esta nota

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  1. Lo interesante del caso va a estar en seguir la ruta del dinero: cómo se financiaron las aperturas, qué nivel de facturación declaraban los gimnasios y si los movimientos entre sociedades cierran con la actividad real. El procesamiento no es una condena, pero si la Justicia detectó patrones inconsistentes, seguramente aparezcan más datos sobre la expansión en Chaco y Corrientes. También suma leerlo junto con Estados Unidos restablece bloqueo a Irán y reaviva la tensión en el Golfo de Omán.

  2. Lo interesante va a ser ver cómo reconstruyen los flujos de dinero: inversiones iniciales, alquileres, equipamiento, cuotas y transferencias entre sociedades. Una cadena que crece rápido no necesariamente implica delito, pero si aparecen inconsistencias entre la facturación declarada y el patrimonio de los involucrados, ahí los datos pueden ser más contundentes que cualquier relato.

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