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Pesca

Cierran sectores de las subáreas 12 y 14 por captura de merluza

06/08/20269 min de lectura2 comentarios

La autoridad pesquera ordenó retirar a la flota langostinera de distintos sectores de las subáreas 12 y 14 tras superar el límite reglamentario de captura incidental de merluza. La subárea 15 seguirá abierta, aunque bajo vigilancia.

Cierran sectores de las subáreas 12 y 14 por captura de merluza

La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dispuso el cierre de los sectores este, sur y oeste de la Subárea 12 y del sector sur de la Subárea 14, dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza. La restricción comenzará a regir desde las 00:00 del viernes 7 de agosto de 2026 y obliga a la flota langostinera a interrumpir sus operaciones en esas áreas por haber superado el límite permitido de captura incidental de merluza común.

La decisión modifica de manera inmediata el mapa operativo de la pesquería del langostino en aguas bajo administración nacional. Desde la medianoche del viernes, los buques que trabajan sobre el recurso deberán abandonar los sectores alcanzados por la medida y concentrar su actividad en las zonas que permanezcan habilitadas, siempre sujetos a los controles y parámetros establecidos por la autoridad pesquera.

Según Fuente original, la información se basa en Pesca cerró la Subárea 12 y el sur de la 14 por alta captura incidental de merluza.

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El cierre fue comunicado mediante la Nota NO-2026-75893647-APN-DNCYFP#MEC, firmada el jueves 6 de agosto por el director nacional Dr. Arturo Idoyaga Molina. El documento fue remitido al Departamento Policía Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina, organismo que deberá difundir la disposición entre la flota y controlar su cumplimiento.

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Cierran sectores subáreas captura merluza: Qué sectores quedan fuera de la operatoria langostinera

La medida alcanza a los sectores este, sur y oeste de la Subárea 12 y al sector sur de la Subárea 14. En el caso de la Subárea 12, la delimitación incluye zonas ubicadas a ambos lados del meridiano de 62 grados de longitud oeste. En la Subárea 14, el cierre comprende la porción situada al sur de los 45 grados y 30 minutos de latitud sur.

La disposición no implica el cierre total de toda la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza ni una interrupción general de la temporada de langostino. Su alcance es sectorial y responde a los resultados observados en cada área. Sin embargo, al retirar del esquema de búsqueda varios sectores utilizados por la flota, la resolución reduce la superficie disponible y puede obligar a reorganizar recorridos, tiempos de navegación y zonas de concentración de los buques.

Para las empresas pesqueras, la instrucción requiere actualizar rápidamente la planificación diaria. Los capitanes y responsables de operación deberán verificar las coordenadas de las zonas cerradas, evitar ingresos involuntarios y adaptar las rutas hacia sectores autorizados. La precisión en la interpretación de los límites resulta especialmente relevante en áreas divididas por meridianos y paralelos específicos.

La captura incidental de merluza superó el parámetro permitido

El fundamento técnico de la decisión surge del informe elaborado por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), que analizó la captura incidental de merluza común (Merluccius hubbsi) registrada por la flota langostinera comercial entre el 16 de abril y el 1 de agosto de 2026.

El indicador utilizado compara la cantidad de merluza capturada accidentalmente con el volumen de langostino obtenido. La Resolución 9/2022 del Consejo Federal Pesquero establece un umbral de 0,20. En términos operativos, esto equivale a un máximo de 200 kilos de merluza por cada tonelada de langostino. Cuando la relación supera ese valor, la autoridad cuenta con un elemento objetivo para restringir o cerrar la actividad en el sector correspondiente.

En los sectores este y sur de la Subárea 12, ubicados al este de los 62 grados de longitud oeste, la relación merluza-langostino llegó al 29%. Traducido a la unidad utilizada por la normativa, el registro representa 290 kilos de merluza por cada tonelada de langostino, por encima del límite del 20%.

El sector oeste de la Subárea 12 presentó el indicador más elevado del informe. Allí la relación alcanzó el 47%, equivalente a 470 kilos de merluza por tonelada de langostino. La diferencia con el umbral reglamentario explica la inclusión de esa zona entre las áreas que deberán quedar sin operaciones dirigidas al langostino.

En el sector sur de la Subárea 14, el índice se ubicó en 42%. El valor equivale a 420 kilos de merluza por cada tonelada de langostino y también excede con claridad el parámetro máximo para mantener habilitada la actividad dentro del área protegida.

Por qué la relación entre ambas especies define los cierres

La comparación entre capturas busca limitar la presión sobre ejemplares de merluza que pueden ser retenidos durante operaciones dirigidas a otra especie. La merluza común es un recurso central para la pesquería argentina y la Zona de Veda Permanente de Juveniles fue establecida para proteger ejemplares jóvenes en una etapa sensible de su ciclo biológico.

La captura incidental puede variar según la distribución de las especies, la profundidad de trabajo, las condiciones oceanográficas, la composición de los cardúmenes y el tipo de lance realizado. Por ese motivo, el seguimiento no se limita a una estimación general de la temporada, sino que observa el comportamiento de cada subárea y de sus sectores internos.

El sistema permite aplicar medidas diferenciadas. Un área puede permanecer abierta si conserva una relación compatible con la normativa, mientras otra queda cerrada cuando los registros muestran una presencia incidental más alta. De esa manera, la regulación busca combinar la continuidad de la actividad langostinera con la protección de la merluza y el control de los efectos no deseados de la pesca.

La Subárea 15 queda abierta, pero en el límite

La notificación oficial también informó la situación de la Subárea 15. En ese sector, la relación merluza-langostino alcanzó exactamente 0,20, el valor máximo admitido por las Resoluciones del Consejo Federal Pesquero N.º 7/2018 y 9/2022.

Por ahora, la Subárea 15 continuará abierta bajo seguimiento. El registro equivale a 200 kilos de merluza por cada tonelada de langostino, por lo que no supera el límite, aunque deja a la zona en una situación de especial atención. Cualquier incremento posterior del indicador podría derivar en una nueva evaluación y eventualmente en una restricción.

La condición de la Subárea 15 obliga a la flota a operar con un margen reducido. Las empresas deberán observar los partes y reportes que surjan del monitoreo oficial, además de evaluar con cuidado la conveniencia de mantener allí sus operaciones. La continuidad de la actividad dependerá de que los próximos registros no muestren un deterioro de la relación entre las capturas de merluza y langostino.

La flota deberá redistribuir recorridos y capacidad operativa

El cierre de los sectores de las subáreas 12 y 14 puede producir una redistribución de buques hacia otras zonas habilitadas. El alcance de ese desplazamiento no está definido de antemano, porque dependerá de dónde se concentre el langostino, de la productividad de cada sector abierto y de la evolución de los indicadores de captura incidental.

En términos de navegación, retirarse de una zona puede aumentar las distancias entre los caladeros y los puertos de descarga. También puede modificar el tiempo destinado a la búsqueda, incrementar el consumo de combustible o generar una mayor concentración de buques en los sectores que continúen abiertos. No se trata de efectos automáticos ni de cifras ya determinadas, pero son variables que las empresas suelen incorporar en la planificación de una operación pesquera dinámica.

La reorganización también puede impactar en la coordinación con plantas de procesamiento, agentes marítimos, proveedores de combustible, talleres navales y servicios portuarios. Cuando la flota cambia sus áreas de trabajo, las estimaciones de arribo pueden variar y exigir ajustes en turnos de descarga, recepción de materia prima y programación industrial.

El seguimiento de la medida deberá complementarse con la información que produzcan el INIDEP, la autoridad pesquera y la Prefectura Naval Argentina. La combinación entre datos científicos, control de posicionamiento y reportes de captura resulta determinante para evitar que la presión sobre la merluza se traslade simplemente desde las zonas cerradas hacia otros sectores.

El efecto sobre los puertos pesqueros y la cadena del langostino

Los cierres sectoriales no determinan por sí solos una caída de las descargas ni permiten anticipar un resultado comercial concreto. No obstante, sí incorporan una variable operativa que puede repercutir en la planificación de los puertos pesqueros patagónicos y de las plantas vinculadas con el procesamiento del langostino.

Si los buques deben recorrer mayores distancias para encontrar concentraciones comerciales del recurso, podrían cambiar los tiempos previstos entre una marea y otra. Esa variación tiene importancia para las terminales, los servicios de estiba, el suministro de combustible, la provisión de hielo, el mantenimiento y la organización del personal que interviene en la descarga.

Las plantas procesadoras también necesitan contar con previsibilidad sobre la llegada de materia prima. Una redistribución de la flota puede generar períodos de mayor actividad en determinados puertos y modificar la secuencia de recepción, clasificación, elaboración y despacho. El impacto final dependerá de la duración de los cierres, del rendimiento de las áreas habilitadas y de la evolución de las capturas.

En ese contexto, la información oficial adquiere un valor logístico directo. Los operadores pueden consultar el seguimiento de la actividad pesquera y sus efectos sobre la cadena productiva en contenidos especializados de Actualidad portuaria y pesquera, así como revisar los análisis vinculados con logística marítima y transporte.

Una decisión basada en control científico y cumplimiento en el mar

La disposición muestra cómo los datos de captura incidental pueden traducirse en decisiones regulatorias con aplicación inmediata. El cierre no se basa únicamente en una percepción sobre la presencia de merluza, sino en indicadores calculados para sectores determinados y comparados con límites fijados por el Consejo Federal Pesquero.

El rol de Prefectura será central para comunicar la medida, controlar la ubicación de los buques y verificar que no continúen las operaciones en las zonas alcanzadas. Para la flota, el cumplimiento exige revisar la cartografía operativa, los sistemas de posicionamiento y las instrucciones difundidas por las autoridades antes de iniciar o continuar un lance.

La fuente original de la información es PESCARE, medio especializado que difundió los detalles de la notificación y de los registros técnicos utilizados para establecer los cierres.

La evolución de la Subárea 15 será uno de los principales puntos de atención de los próximos controles. Con el indicador exactamente en el límite, la continuidad de la operatoria dependerá de que la relación merluza-langostino se mantenga dentro del parámetro vigente y de que las nuevas evaluaciones no indiquen un aumento de la captura incidental.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué zonas fueron cerradas para la pesca de langostino?

Fueron cerrados los sectores este, sur y oeste de la Subárea 12 y el sector sur de la Subárea 14, dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza.

¿Cuándo comienza a regir la medida?

El cierre empieza a regir a las 00:00 del viernes 7 de agosto de 2026.

¿Cuál es el límite de captura incidental de merluza?

La normativa establece una relación máxima de 0,20, equivalente a 200 kilos de merluza por cada tonelada de langostino capturada.

Equipo editorial

Valentina Bianchi

61 notas9 min de lectura

Editor digitalPesca

Autor del equipo editorial de Agenda Portuaria, especializado en puertos, logística, comercio exterior y sector agroindustrial.

Seguimiento editorial

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Conversación editorial

2 comentarios en esta nota

Sumate al debate sobre esta cobertura del sector portuario y logístico.

  1. Otra vez la merluza pagando el costo de una operatoria mal controlada. Si la captura incidental supera los límites, cerrar zonas parece inevitable, pero también habría que publicar datos claros sobre cómo se llegó a esa situación. En WordPress, una nota con mapas actualizados y partes oficiales enlazados sería mucho más útil para seguir el tema.

  2. Si vuelven a cerrar zonas por superar la captura incidental, queda claro que falta control desde el arranque y no cuando el problema ya explotó. Para quienes seguimos el comercio y el movimiento en los puertos, estas decisiones terminan afectando turnos, costos y entregas. Ojalá la vigilancia en la subárea 15 sea realmente constante y no otro parche.

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